Los colectivos asistentes al IV Congreso de Compra Responsable, celebrado el pasado 22 de octubre en Madrid, hemos hecho entrega en el Congreso de los Diputados de un documento de conclusiones, con recomendaciones sobre criterios de compra y contratación pública, resultado de este encuentro entre entidades sociales, empresarios y administraciones públicas.
En marzo de 2015, se presentó un borrador de Anteproyecto de Ley de Contratos del Sector Público, claramente insuficiente en cuanto a criterios sociales y medioambientales, y que está a la espera de que se constituya un nuevo gobierno para su tramitación. Según la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014 sobre contratación pública, el 16 de abril de este año se cumplirá el plazo de dos años que los gobiernos europeos tienen para legislar en este sentido.
El papel de las administraciones públicas es clave a la hora de transformar el modelo económico actual y garantizar que se incluyan criterios sociales, medioambientales y de comercio justo en los procesos de compra y contratación, tanto en el sector público como en el privado. Esta responsabilidad obliga a las administraciones a adoptar medidas que no sólo protegen a las personas o al medio ambiente, sino que serán claves para la lucha contra la corrupción o posibles conflictos de intereses. A este respecto aplaudimos las iniciativas de algunos Ayuntamientos, como el de Sevilla, que recientemente han anunciado que tomarán medidas en ente sentido.
Las Principales puntos a tener en cuenta son:
1. La nueva Ley de Contratos del Sector Público, que se encuentra tramitándose en la actualidad, debe incluir necesariamente la posibilidad, y en algunos casos la obligación, de considerar criterios sociales, ambientales y éticos en los procesos de compra y contratación pública para generar más eficiencia y coherencia entre el gasto público y las políticas públicas.
2. La nueva regulación de compra y contratación pública debe priorizar el trabajo del sector público con empresas y entidades con una gestión socialmente responsable y ambientalmente sostenible, más afines a determinadas políticas públicas como las referentes a la promoción del empleo digno y estable, la igualdad entre mujer y hombre, el respeto hacia los Derechos Humanos, la cooperación internacional o el Desarrollo Sostenible.
3. Además debe dar un tratamiento especial a empresas y entidades con fines sociales y funcionamiento democrático tales como los centros especiales de empleo, las empresas de inserción o las cooperativas, así como las entidades incluidas en la Economía Social, a través de la reserva de contratos para este tipo de entidades.
4. Las entidades públicas de cualquier ámbito deben ejercer, por propia voluntad y por mandato legal, una compra pública responsable y sostenible que mejore el impacto y rendimiento de las políticas sociales y ambientales. Para ello es recomendable el desarrollo de planes y programas que concreten los objetivos a corto y medio plazo así como los medios y procesos necesarios para llevarlos a cabo.
5. Por otro lado, los procesos de compra y contratación empresarial deberían estar determinados por políticas de responsabilidad social y ambiental que permitiesen a las empresas hacer compatibles sus intereses con los objetivos sociales, evitando así fundamentar su rentabilidad en posibles situaciones de explotación laboral, desigualdad, pobreza o degradación medioambiental. Se requiere de un nuevo paradigma de gestión empresarial en el que los principios y valores sociales sean prioritarios como el respeto hacia los Derechos Humanos y el bienestar social.
6. Debemos aspirar a cadenas de suministro o comerciales que beneficien a todas las partes que intervienen, desde el productor al consumidor; modelos y prácticas como las del Comercio Justo son un buen referente para ello.
7. Las organizaciones de la sociedad civil deben coordinarse con el objetivo de poner en común sus demandas al respecto e incidir en el poder público y empresarial. Además las organizaciones representativas de las empresas, sindicatos y entidades del sector público deberían de promover la formación y facilitación de procesos de mejora de la compra y la contratación entre los colectivos que representan.
8. Todo ello podría ser facilitado si los órganos de decisión de la Unión Europea incorporasen en su normativa interna y en los acuerdos que firma con terceros países cláusulas expresas en relación al respeto de los Derechos Humanos y el medio ambiente para facilitar así una competencia internacional más leal y no basada en la vulneración de los derechos de personas y la degradación medioambiental.
Los colectivos organizadores estamos convencidos de la necesidad de incidir en la tramitación de la futura ley de contratos del sector público para asegurar que se permite y potencia la consideración de cláusulas sociales, ambientales y de Comercio Justo que favorezcan una sociedad más justa y un desarrollo sostenible.
Colectivos organizadores del IV Congreso sobre compra responsable:
IDEAS Comercio Justo (www.ideas.coop), en colaboración con la Asociación Española de Responsables de Compra, Contratación y Aprovisionamiento (AERCE www.aerce.org), la Red de la Economía Alternativa y Solidaria (REAS www.economiasolidaria.org), la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU www.cecu.es) y la Coordinadora Estatal de Comercio Justo (CECJ, www.comerciojusto.org)